Lagarto y Taer, tranquilos, esto lo tengo yo un poco "mamado".....
Te pongo enlace de internet de fomento, que es la que nos "fija" la ley:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/TRANSPORTE_POR_CARRETERA/IGT/PESO/pesos-sanciones.htmY te pego el texto:
Transporte terrestre
Pesos máximos: exceso de peso. Sanciones
Excesos de peso
Hechos sancionables
FALTAS MUY GRAVES (Sanciones desde 3.301 a 4.600 €):
El exceso sobre la masa máxima autorizada de los vehículos o de alguno de sus ejes en los porcentajes siguientes: *
M.MA. EXCESO SOBRE UN EJE EXCESO TOTAL
+ de 20 Tm. + 30 % + 15 %
+ de 10 a 20 Tm. + 40 % + 20 %
Hasta 10 Tm. + 50 % + 25 %
FALTAS GRAVES (Sanciones desde 1.501 a 2.000 €):
El exceso sobre la masa máxima autorizada de los vehículos o de alguno de sus ejes en los porcentajes siguientes :*
M.M.A. EXCESO SOBRE UN EJE EXCESO TOTAL
+ de 20 Tm. + 25% hasta el 30% + 6% hasta el 15%
+ de 10 a 20 Tm. + 35% hasta el 40% + 10% hasta el 20%
Hasta 10 Tm. + 45% hasta el 50% + 15% hasta el 25%
FALTAS LEVES (Sanciones desde 301 a 400 €):
El exceso sobre la masa máxima autorizada de los vehículos o de alguno de sus ejes en los porcentajes siguientes :
M.M.A. EXCESO SOBRE UN EJE EXCESO TOTAL
+ de 20 Tm. + 20% hasta el 25% + 2.5% hasta el 6%
+ de 10 a 20 Tm. + 30% hasta el 35% + 5% hasta el 10%
Hasta 10 Tm. + 40% hasta el 45% + 6% hasta el 15%
* Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de la infracción .
Comento:
Sólo las faltas leves te permiten seguir circulando. Ahora bien, las graves y muy graves, aparte de la gran multa (1500 a 4600 € te birlan) quedas inmovilizado!!!!
Fijarse sólo en lo de hasta 10 toneladas (10Tm), ya que nosotros casi siempre vamos a 3,5 tn o un poco más.... (no quiero ni escucharos)
Y cuidado que estamos hablando del peso en el eje del vehículo. Ojo con esto que no admite ningún tipo de: yo creía.... me dijeron..... pensaba.....
Concluyo:
Así que si tienes una cv, que tiene mma de 1000 kg, y vas a 1350 kg, aún te faltaría 50 kilos para meterte en problemas, y pasar al 40%..... y ya podrías ir pensando soltar el desembolso correspondiente. Y cuidado, que pasar del 40% al 50%, es muy fácil, ya que hablando del mismo ejemplo de 1000 Kg, sería tener 1400kg. en orden de marcha, y mas tarde 1500 kg. y me díréis que es difícil pasar, pues os lo pongo con otro ejemplo: tenemos un bidón de agua, el cual siempre va seco, hasta que llegamos un camping y lo llenamos con 110Kg. Vamos en 1390 kg, y hasta ahora no pasa nada. Salimos del camping para ir a otro que esta a 100 kg, y como queremos que no nos balancee el medio bidón, lo llenamos entero. Ya hemos pasado de 1390 a 1500 kg..... Un disparate, pero he leído y he visto mucho. Seguro que a Edmiro el del libro le hubieran dedicado un capítulo..... (bromas aparte que no esta el kiosko para ello....)
Saludos y a ver si he podido ayudaros.....
P.D.: por cierto, de la cuantía depende siempre del "licenciado" que te toque....