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El día 4 de marzo de 2008 entró en vigor la Instrucción Técnica Complementaria (ITC), ITC-ICG 10, que regula las instalaciones de gases licuados del petróleo (GLP), de uso doméstico en caravanas y autocaravanas.Esta reglamentación adapta las instalaciones a la normativa europea y establece las revisiones de seguridad a que debe someterse periódicamente la instalación de gas en las autocaravanas y caravanas que será exigida en las revisiones de ITV.Aun siendo exigible si no tiene que pasar la ITV y por la seguridad de los usuarios.Las principales novedades que introduce son:- la adecuación de las instalaciones a la norma UNE-EN 1949- la validez del certificado de instalación individual puede ser emitido por un INSTALADOR AUTORIZADO - - - la utilización indistinta de butano o propano- la utilización de un reductor único de 30 milibares para ambos gases- la revisión de la instalación y aparatos de GLP a una empresa instaladora oficial con validez de cuatro años que tambien sera emitido por un INSTALADOR AUTORIZADO.El certificado de revisión periódica de la instalación de GAS será exigido por la oficina de ITV al pasar la correspondiente revisión del vehículo.