Según la ley, los remolques que no tengan más de 750 kg de capacidad de carga... osea que la MMA-Tara sea inferior a 750 kg, no están sujetos al pago del impuesto municipal... normalmente y en el 99,99% de las caravanas, ninguna llega a más de 400 kg de carga, por lo que no, tu ayuntamiento no debería de pasarte ningún numerito... aquí por Madrid, algún ayuntamiento de los barrios periféricos lo ha intentado, pero se les ha dado con la ley en las narices y no han tenido más remedio que recular y devolver el dinero cobrado indebidamente... peeeero, hay un par de ayuntamientos por el norte de la península, que se pasan la ley estatal por el forro de los amortiguadores, y cobran el numerito por que ellos lo valen... ¿de donde eres?... aunque te tocara ir a reclamar, por lo menos se puede buscar la ley de tu ayuntamiento, para poder alegar.